Asignaciones familiares rurales temporarias se equiparan con la AUH por un año más
El Decreto 1204/2026 prorroga desde el 1° de septiembre el piso equivalente al 100% de la Asignación Universal por Hijo para trabajadores temporarios y permanentes discontinuos del campo, sin alterar montos ni aportes patronales.

A partir del 1° de septiembre de 2026, el equivalente a 197.690 pesos mensuales por hijo en concepto de la Asignación Universal por Hijo se constituye en el piso mínimo garantizado para las asignaciones familiares del personal temporario y permanente discontinuo del Régimen de Trabajo Agrario, según lo dispuesto por el Decreto 1204/2026 publicado en el Boletín Oficial. El esquema, vigente desde 2021, había sido prorrogado en sucesivas oportunidades por pedidos de gremios del agro, asociaciones de productores y representantes de economías regionales, y ahora se extiende por doce meses más.
Comparado con septiembre de 2025, la novedad no reside en un cambio de cifras sino en la continuidad de un mecanismo que evita que los asalariados rurales de corta duración queden en inferioridad de condiciones frente a trabajadores urbanos o beneficiarios de la asignación universal. La prórroga se concretó pocos días antes del plazo original, que concluía a fines de agosto pasado.
A quiénes alcanza la medida
El régimen comprende al personal temporario del campo y a los trabajadores permanentes discontinuos, una modalidad frecuente en economías regionales donde la cosecha y otras tareas agrícolas concentran mano de obra por períodos cortos. También alcanza a quienes se vinculan bajo contrato de temporada en actividades agropecuarias conforme a la Ley de Contrato de Trabajo. Quedan fuera de este esquema, en cambio, los trabajadores rurales permanentes con contratación continua, cuyas asignaciones se rigen por las escalas generales.
- Piso equivalente al 100% de la Asignación Universal por Hijo para temporarios y permanentes discontinuos.
- Compatibilidad con planes sociales para quienes accedan a un empleo formal registrado.
- Sin modificaciones en escalas salariales, aportes patronales ni contribuciones.
- Vigencia prorrogada por doce meses desde el 1° de septiembre de 2026.
Qué significa para el empleo
La extensión del régimen constituye, en los términos del propio decreto, una señal de continuidad para las economías regionales, que concentran buena parte del empleo agrícola de temporada. La cláusula de compatibilidad entre planes sociales y trabajo registrado apunta a reducir los desincentivos que, en zonas donde la oferta laboral formal es estacional, podían desalentar la inscripción de los trabajadores en el empleo registrado. La medida no introduce por sí misma nuevos puestos de trabajo, pero mantiene la previsibilidad sobre el componente de ingresos no salariales para los asalariados rurales de cosecha, un sector que en Argentina emplea, según los registros del RENATRE, varios cientos de miles de personas en cada campaña y cuya estacionalidad incide de manera directa sobre las economías de provincias como Tucumán, Mendoza, Río Negro y el Alto Valle.
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