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Martes, 3 de noviembre de 2026
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Un proyecto en el Congreso busca quitarle a los CEDEARs la exención de Ganancias

La iniciativa gravaría con una alícuota del 15% las operaciones con certificados comprados desde el 31 de octubre de 2026, sin efecto retroactivo sobre las carteras ya armadas.

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Tomás PughEconomía e industria · · 2 min de lectura
Un proyecto en el Congreso busca quitarle a los CEDEARs la exención de Ganancias

Un proyecto de ley que está en tratamiento parlamentario propone aplicar el impuesto a las Ganancias a las operaciones con CEDEARs, certificados que hoy gozan de una exención. La alícuota prevista es del 15% y alcanzaría a los certificados adquiridos a partir del 31 de octubre de 2026.

Los CEDEARs se compran y venden en el mercado local argentino, pero representan inversiones en acciones, bonos u otros activos que cotizan en el exterior. Su precio se mueve según la cotización del activo subyacente en su mercado de origen y según el valor del dólar financiero, lo que los volvió atractivos para ahorristas que buscan dolarizarse sin salir del sistema local.

Qué cambia con el proyecto

Hasta ahora, estos certificados quedan amparados por la misma exención que se aplica a los valores negociables argentinos. La propuesta modifica esa lógica mediante el criterio conocido como transparencia fiscal o look-through: si el activo que está detrás del certificado hubiera estado gravado en una compra directa, el CEDEAR que lo representa quedaría alcanzado por el mismo tratamiento. Según explicó Sebastián Domínguez, titular de SDC Asesores Tributarios, la alícuota sería del 15%.

  • La alícuota propuesta es del 15%.
  • El cambio regiría para los CEDEARs comprados a partir del 31 de octubre de 2026, fecha que el proyecto fija como corte.
  • Quienes ya tienen CEDEARs en cartera no quedarían alcanzados de forma retroactiva.
  • Las carteras armadas antes de esa fecha no cambiarían de situación bajo la propuesta vigente.

La diferencia de trato que se busca eliminar es concreta. Hoy, quien compra directamente una acción extranjera paga Ganancias, mientras que quien accede al mismo activo a través de un CEDEAR puede quedar exento. Con la nueva regla, ambas vías tendrían el mismo costo impositivo.

Para un inversor minorista, el impacto dependerá del rendimiento obtenido y del momento en que compró sus posiciones. El proyecto todavía debe ser aprobado por ambas cámaras del Congreso para convertirse en ley, y hasta que eso ocurra el régimen de exención sigue vigente.

TP
Tomás PughEconomía e industria

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